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JUAN MANUEL INFANTE se ha comprometido a hacer accesibles sus sitios web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

SITUACIÓN DE CUMPLIMIENTO

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

CONTENIDO NO ACCESIBLE

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

No aplica.

Pueden existir documentos en formato PDF que fueron editados antes de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

PREPARACIÓN DE LA PRESENTE DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD

La presente declaración fue preparada el 01 de marzo de 2023.

El método empleado para la presente declaración ha sido una autoevaluación realizada por la propia Agencia.

OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO

Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

a través del formulario de contacto designado a tal efecto en el sitio web.

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de JUAN MANUEL INFANTE.

Solicitudes de información accesible y quejas

A través del formulario de solicitudes de información accesible y de quejas en materia de quejas de accesibilidad puede presentar:

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de no haber obtenido respuesta.

El procedimiento reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018, puede iniciarse a través de este enlace.

CONTENIDO OPCIONAL

El sitio web:

Además, se realiza un trabajo continuo de auditoría y revisión de contenidos para facilitar su interpretación y mejorar la navegación por el portal web.

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